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SIPRE: Relevamiento de Precios y Productos de Empresas


Mediante la Resolución 237/2021 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación se crea el “Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica” (SIPRE) y se establece que todas las empresas de los SECTORES DE COMERCIO Y DE LA INDUSTRIA que durante el año 2019 hayan registrado ventas totales en el mercado interno superiores a la suma establecida mediante la Resolución N° 220 de fecha 12 de abril de 2019 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, deberán informar mensualmente en el “SIPRE” los precios vigentes y cantidades vendidas de todos sus bienes finales o intermedios, hasta tanto se mantenga la emergencia declarada por la Ley N° 27.541. Entiéndase, a los efectos de la presente medida, por “ventas totales en el mercado interno”, al valor de las ventas realizadas con destino en el Territorio Nacional, excluidos el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto Interno que pudiera corresponder. Link a la Resolución Resolución 237/2021

Por consultas relacionadas dirigirse a nuestro socio Luciano Fernandez Pelayo (lfp@abbfp.com.ar) o a Gilson Piegas (gph@abbfp.com.ar).

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