Derecho del Consumidor - Recall
Mediante la Resolución 464/2022 de la Secretaría de Comercio Interior se aprobó el formulario de ALERTAS Y RETIRO DE PRODUCTOS que deberá ser presentado por los proveedores para proceder a informar y retirar productos con potencial riesgo, nocividad o peligrosidad, detectado después de su introducción en el mercado de consumo. Por otra parte, se estableció que los proveedores que posean páginas o aplicaciones web, que hayan iniciado procesos de Alertas y Retiro de Productos ante la Autoridad de Aplicación, deberán incorporar un enlace que permita el ingreso a la publicación de Alertas de Productos de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo y un enlace destacado en cuanto a visibilidad y tamaño, denominado ALERTAS Y RETIRO DE PRODUCTOS, con cierta información. El plazo de implementación es de 90 días corridos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial. Link: https://lnkd.in/dHwKFWh2 Por cualquier consulta contactarse con nuestro socio Luciano Fernandez Pelayo (lfp@abbfp.com.ar) y/o con Segundo Casal (msc@abbfp.com.ar)
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