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Denuncias por Consumidores Menores y Adolescentes


Mediante la Resolución 236/2021 de la Secretaría de Comercio Interior se establece que las denuncias o reclamos que presenten por si las y los adolescentes, entre los TRECE (13) y DICISIETE (17) años, en virtud de sus relaciones de consumo, serán atendidos de conformidad con los objetivos y funciones encomendadas a la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR. Se establece además que en los supuestos de reclamos realizados por adolescentes, para la suscripción del Acta bastará con su manifestación de la voluntad tanto para el comienzo, como para la continuación o el cierre del procedimiento conciliatorio. El acta de conciliación deberá redactarse en lenguaje claro y con una redacción simple, de manera tal que haga efectiva la comprensión de lo que se lee. Finalmente, se prevé que las niñas, niños y adolescentes podrán, participar de las audiencias que se celebren por reclamos que involucren sus derechos y que sean presentados por sus representantes legales. Link a la Resolución 236/2021


Por consultas relacionadas dirigirse a nuestro socio Luciano Fernandez Pelayo (lfp@abbfp.com.ar) o a Gilson Piegas (gph@abbfp.com.ar).


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