Consumidores, Viajes y Restricciones al Daño Directo
En un reciente fallo dictado por la Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn, el equipo de ABBFP&W logró que se dejara sin efecto la indemnización por daño directo dispuesta por la Oficina de Defensa del Consumidor contra una importante Agencia de Viajes en Línea – OTA (“Online Travel Agency”).
La sentencia en cuestión, hace lugar al recurso de apelación dejando sin efecto una indemnización equivalente a $ 600.000, por carecer el Organismo de Defensa del Consumidor de facultades para indemnizar consecuencias lesivas que excedan al carácter material inmediato, propio del instituto del daño directo de la LDC.
Como fuera sostenido por el Tribunal en precedentes anteriores, “la indemnización del daño directo en los términos del art. 40 bis de la LDC se restringe al reintegro de las sumas abonadas en concepto de las prestaciones contratadas y frustradas, desde el momento en el que se tornaron exigibles, con más el interés correspondiente.”
Agrega que “La norma del artículo 40 bis de la LDC impone una sana restricción respecto del alcance a los daños que pueden ser resarcidos en sede administrativa, dado que el más amplio ámbito de la responsabilidad civil es donde el ordenamiento estructura los presupuestos sobre los que se articula la mecánica de la reparación de los daños, siendo su sede natural la judicial.”
El equipo de ABBFP&W ha logrado un valioso precedente que permite resguardar el principio Republicano y la división de funciones del poder (art. 1 CN), y en la especie, las garantías de defensa (art. 18 CN), de control judicial suficiente (art. 109 CN) y de tutela judicial efectiva (art. 75 inc. 22, CN), evitando de esta manera que los organismos administrativos orientados a la Defensa del Consumidor incurran en vías de hecho, al intentar inmiscuirse en facultades propias del poder judicial.
ABBFP&W Abogados / Alchouron, Berisso, Balconi, Fernández Pelayo & Werner actúa en defensa de los intereses de sus clientes en todas las jurisdicciones de nuestro país. Para consultas relacionadas favor de dirigirse a nuestro socio Luciano Fernandez Pelayo (lfp@abbfp.com.ar) o a Juan Manuel Ezeberry (jme@abbfp.com.ar)
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