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Consumidores y Medios de Pagos Aceptados


Mediante la Resolución SCI 449/2020 se establece que los proveedores de bienes y servicios deben informar en sus puntos de venta y, de poseer, en sus páginas web, todos los medios de pago que acepten, sean electrónicos y/o de cualquier otro tipo.


Para cumplir lo anterior, deberán colocar cartelería y/o elementos de identificación o similares, tanto en las vidrieras de los establecimientos y en las líneas de caja, como en las páginas web, exhibiendo de manera precisa y claramente visible, los medios de pago aceptados.

Finalmente, se dispone que la cartelería, los elementos de identificación, logotipos y/o similares, de hasta una superficie máxima de TRESCIENTOS CENTÍMETROS CUADRADOS (300 cm2), que utilicen los proveedores, serán considerados elementos de carácter exclusivamente informativo para las y los consumidores. Link a la Resolución SCI 449/2020

Para consultas relacionadas dirigirse a nuestro socio Luciano Fernández Pelayo: lfp@abbfp.com.ar o a Gilson Pliegas: gph@abbfp.com.ar.

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