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Consumidores: Contratos de Adhesión y Botón de Baja


Mediante la Resolución 271/2020 se estableció que los contratos de adhesión deberán ser publicados en la página de inicio de los sitios de Internet institucionales, según las variantes del producto y/o servicio en cuestión. Asimismo, deberán informarse las promociones y bonificaciones ofrecidas, con indicación precisa de las fechas de comienzo y de finalización, así como sus modalidades, condiciones y limitaciones.


Si los consumidores tuvieran acceso con usuario registrado, deberán poder acceder al contrato suscripto por ellos y las ofertas o promociones especiales que se hubieran ofertado y pactado.


Por otra parte, se modificó la Resolución 316/2018 SCI estableciéndose que el link para rescindir los servicios contratados deberá ser de acceso fácil y directo desde la página de inicio del sitio de Internet institucional y ocupar un lugar destacado. Asimismo, al momento de hacer uso del “botón de baja”, el proveedor no podrá requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite”.


El plazo de implementación es de 90 días.


Para consultas relacionadas, dirigirse a nuestro socio Luciano Fernández Pelayo: lfp@abbfp.com.ar o a Lorena Lingua: lpl@abbfp.com.ar.

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