Decreto 319/2020: COVID-19 y Créditos Hipotecarios o Prendarios UVA
El DNU 319/20 vigente desde el 29/3/2020 aplica a créditos hipotecarios (vivienda única) y a créditos prendarios UVA. Allí se establece que hasta el 30/09/2020 el valor mensual de las cuotas de créditos hipotecarios y de los créditos prendarios no podrá superar al de marzo de 2020. La diferencia que se genere entre el monto de las cuotas de Abril a Setiembre de 2020 será exigida sin intereses, en al menos tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas a partir del mes de Octubre de 2020.
Por otra parte, se suspenden también hasta el 30/09/2020 las ejecuciones hipotecarias, judiciales y extrajudiciales que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados con el referido destino por la parte deudora o quienes la sucedan a título singular o universal. Asimismo, se suspenden por el mismo plazo la ejecución de créditos prendarios actualizados por UVA.