IGJ suspende provisoriamente los trámites on-line para las SAS
Mediante la Resolución General N° 6/2020, de fecha 26 de febrero de 2020, la IGJ suspendió por 180 días los trámites registrales on-line para las SAS. El Organismo considera que el actual sistema de registración electrónica de las SAS, implementado por el gobierno anterior a través del sistema GDE, implicaría una violación a la competencia registral conferida al organismo de forma exclusiva. Asimismo, sostiene que la falta de control de legalidad sobre las SAS, repercutiría en la fiabilidad de los documentos o actos inscriptos sin un adecuado control previo, imponiendo un perjuicio a los terceros en general, que importaría un peligroso desconocimiento de las recomendaciones del GAFI y de la OCDE, en la lucha contra el lavado de activos.
Entre los puntos destacados de la nueva resolución se encuentran:
La suspensión por un plazo de 180 días, de todos los trámites registrales concernientes a la operatoria de las SAS que requieran inscripción, a través del Sistema GDE, aprobado por Decreto PEN N° 561/2016 y sus modificatorias; y de toda otra norma de las RG IGJ N° 6/2017 y 8/2017 que sea incompatible con esta resolución.
Durante el plazo de suspensión, los trámites registrales de las SAS deberán efectuarse exclusivamente en soporte papel, conforme las disposiciones y procedimientos previstos en la RG IGJ 7/2015.
Finalmente, las SAS que se constituyan durante la vigencia de la suspensión, deberán rubricar los libros sociales en soporte físico, cumpliendo al efecto con las normas previstas en el Libro IX de la RG N° 7/2015.
La Resolución entraría en vigencia en los próximos días cuando sea publicada en el Boletín Oficial, pero ya ha recibido fuertes críticas de parte de asociaciones de emprendedores, quienes consideran que la decisión “atrasa y dificulta el trabajo de los emprendedores argentinos”. Además, sostienen que eleva los costos y que atenta contra la libertad de los emprendedores de poder diseñar sus negocios según sus necesidades.
Para consultas relacionadas, dirigirse a nuestro socio Diego A. Boltri: dab@abbfp.com.ar